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Quito, 16 de mayo de 2013

CS/09

 

 

ACLARACIÓN INSTITUCIONAL

EN RELACIÓN A LA SITUACIÓN LEGAL DE LOS PREDIOS DE MONTE SINAÍ

En los últimos días, el alcalde de la ciudad de Guayaquil, abogado Jaime Nebot, se ha referido públicamente al oficio No. 009283 del 26 de marzo de 2008, con el cual, el doctor Xavier Garaicoa –entonces Procurador General del Estado– dio respuesta a la consulta que hiciera el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario (INDA) sobre si los predios revertidos y pasados al patrimonio del INDA, en virtud del trámite administrativo de expropiación, eran afectados por la Ley de Legalización de la Tenencia de Tierras.

Si bien en el mencionado oficio, el doctor Garaicoa se pronunció sobre la consulta –que es el documento al que el alcalde Nebot hace referencia–, el 22 de septiembre de 2008, el doctor David Martillo Pino, alcalde de El Triunfo, puso en conocimiento de esta Institución que en el Tribunal No 2 de lo Contencioso Administrativo de Guayaquil se tramitaba el juicio No 128-07-2 en contra del INDA, relacionado con la expropiación de tierras rústicas que forman parte de los predios a los que se refiere dicha ley.

De conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, en sus artículos 3, letra e) y 13, le corresponde al Procurador General del Estado absolver las consultas jurídicas con carácter vinculante sobre la inteligencia o aplicación de las normas legales o de otro orden jurídico, excepto cuando se trate de asuntos que hayan sido resueltos por jueces o tribunales de la República o que estén en conocimiento de los mismos, hallándose trabada la litis, incluyéndose acciones y recursos que se sustancien o deban sustanciarse en el Tribunal Constitucional.

En consecuencia de aquello, el 12 de noviembre de 2008, el Procurador General del Estado, doctor Diego García Carrión, remitió el oficio No 004666 dirigido al entonces Director Ejecutivo del INDA, señor Galo Aldás, en el cual se informa que:

“[…] toda vez que el juicio No 128-07-2 se encuentra sustanciándose en el Tribunal No 2 de lo Contencioso Administrativo de Guayaquil en contra del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario INDA, conforme los términos previstos en las disposiciones legales citadas, este Organismo deja sin efecto el pronunciamiento contenido en el Oficio No 09283 de 26 de marzo de 2008” (Las negrillas nos corresponden).

En consecuencia, no existe pronunciamiento vigente de la Procuraduría General del Estado respecto de los predios revertidos y pasados al patrimonio del INDA en virtud del trámite administrativo de expropiación, en relación con la aplicación de la Ley de Legalización de la Tenencia de Tierras.

La Procuraduría General del Estado no hará ningún pronunciamiento sobre el tema, salvo que éste sea consultado en legal y debida forma, conforme a los artículos 3 letra e) y 13 de su Ley Orgánica.

 

 

 

COMUNICACIÓN SOCIAL

Teléfono: (02) 2 94 1300 EXT. 2321 ó 2342

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