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Quito, 18 de septiembre de 2013

CS/18

 

 

TRIBUNAL ARBITRAL EMITE LAUDO PARCIAL EN LITIGIO PLANTEADO POR CHEVRON EN CONTRA DEL ESTADO ECUATORIANO

El día de ayer, martes 17 de septiembre, el Tribunal Arbitral que conoce la demanda presentada por Chevron Corporation y Texaco Petroleum Company en contra del Estado ecuatoriano, emitió un laudo parcial con el que se pronuncia sobre el supuesto incumplimiento del Acuerdo de Liberación firmado en 1995, en relación con las reclamaciones ambientales de terceros en contra de Chevron.

En su decisión, el Tribunal –constituido bajo reglas UNCITRAL– coincide con la defensa jurídica ecuatoriana al concluir que el mencionado Acuerdo de Liberación no impide a los demandantes de Lago Agrio formular reclamos "respecto de sus derechos individuales". Para el Tribunal, dicho Acuerdo se refiere a las reclamaciones que el Estado ecuatoriano pudiera plantear en ejercicio de sus propios derechos y no a las reclamaciones realizadas por terceras personas que actuaren con independencia del Estado en ejercicio de sus derechos individuales.

No obstante, el Tribunal determinó que el Acuerdo de Liberación de 1995 impide a terceras personas formular reclamos fundados en derechos “difusos” o “colectivos”, ya que estos habrían sido objeto de la liberación conferida por el Gobierno de la época.

Al respecto, debe quedar claro que el Tribunal consideró apropiado no abordar en esta instancia la cuestión relativa a si el reclamo de los demandantes de Lago Agrio perseguían la reivindicación de sus derechos individuales o de sus derechos difusos, o ambos.

Si bien el Tribunal concluyó que Chevron es “parte liberada” bajo el Acuerdo mencionado, rechazó el argumento de la petrolera en cuanto a que dicho Acuerdo contenía implícitamente una cláusula "eximente de responsabilidad" o cláusula de indemnidad que, según la transnacional, responsabilizaría al Estado ecuatoriano por cualquier costo incurrido por Chevron o los efectos de cualquier sentencia dictada en su contra.

En este laudo parcial, el Tribunal se abstuvo expresamente de emitir un pronunciamiento sobre el supuesto incumplimiento del Acuerdo de Liberación.

En relación con este laudo, el doctor Diego García Carrión, Procurador General del Estado, rechazó el comunicado de prensa emitido el día de hoy por la compañía Chevron titulado “Tribunal arbitral internacional determina que Chevron no debe responder por los reclamos ambientales en Ecuador” pues, lejos de lo afirmado por la compañía, el Tribunal no formuló dicha determinación en absoluto.

Según el Procurador García, contrario a lo que expresa la transnacional en su comunicado, el Tribunal tampoco consideró –y mucho menos resolvió– las alegaciones de Chevron en cuanto a que la sentencia dictada por la Corte en el Ecuador sea fraudulenta y tampoco determinó, como manifiesta el Vicepresidente de la compañía, “que los reclamos fraudulentos jamás debieron haber sido presentados”.

Con la emisión de este laudo parcial concluye la primera de las dos fases en las que el Tribunal inicialmente dividió el fondo de la controversia objeto del arbitraje.

La segunda fase se refiere a la acusación de Chevron-Texaco sobre una supuesta denegación de justicia del Estado ecuatoriano en su contra, al haber permitido la continuación del juicio de Lago Agrio, que según su criterio es fraudulento. Dentro de esta etapa el Tribunal ha previsto la realización de una audiencia que iniciará en enero de 2014.

El Procurador General del Estado aclaró que la defensa del Estado se reserva todos sus derechos respecto de las decisiones del Tribunal, particularmente por haber actuado sin competencia, aplicando un Tratado Bilateral de Inversiones que entró en vigencia mucho tiempo después que el inversionista saliera voluntariamente del país.

Antecedentes del caso

El 23 de septiembre de 2009, la compañía Chevron-Texaco presentó una demanda de arbitraje contra el Estado ecuatoriano, amparado en una supuesta violación al TBI, con la cual persiguen que el Estado ecuatoriano sea declarado responsable de las consecuencias del juicio de Lago Agrio, iniciado por comunidades indígenas en su contra por su operación en la Amazonia ecuatoriana.

En esta demanda se acusa a Ecuador de una supuesta denegación de justicia al haber permitido la continuación del juicio en Lago Agrio, además del incumplimiento de otras obligaciones internacionales como las de otorgar un trato justo y equitativo, protección y seguridad plenas, medios efectivos y trato no discriminatorio.

 

 

 

 

 

 

- 18 Partial Award Chevron 3 (english version) (PDF File)

 

COMUNICACIÓN SOCIAL

Teléfono: (02) 2 559 308

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