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COMUNICADOS
Quito, 17 de diciembre de 2024
 UCS/012
 

Los bienes incautados a los hermanos Isaías Dassum permanecerán en manos del Estado ecuatoriano:

La Procuraduría General del Estado informa que este 17 de diciembre de 2024, la Corte Constitucional notificó su sentencia 2572-22-EP/24 en el caso de los hermanos William y Roberto Isaías Dassum, expropietarios de Filanbanco.

El 4 de octubre de 2022, la PGE presentó una acción extraordinaria de protección, dentro de la causa 09201-2018-02826, en contra de: 1) La sentencia, de 13 de mayo de 2022, emitida por la Unidad Judicial Norte 2 de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil y 2) La sentencia, de 12 de septiembre de 2022, emitido por la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.

En este contexto, el 3 de marzo de 2023, esta Procuraduría, a través de un escrito, solicitó a la Corte Constitucional considerar tres puntos esenciales en la tramitación de la causa: (i) la inobservancia del precedente vinculante contenido en la sentencia No. 364-16-SEP-CC; (ii) la desnaturalización de la acción de protección, dado que se convirtió en acción por incumplimiento; y, (iii) que la causa sea tramitada de forma prioritaria para impedir vulneraciones de derechos constitucionales al Estado ecuatoriano.

El pedido de trámite prioritario fue aceptado el 26 de abril de 2023; y, como consecuencia de aquello, las pretensiones de esta Procuraduría fueron sustentadas en la audiencia pública que se llevó a cabo el día 23 de mayo de 2023.

En la sentencia, la Corte Constitucional aceptó las demandas de acción extraordinaria de protección presentadas por la PGE y otras entidades públicas, y declaró la vulneración del derecho a la seguridad jurídica por parte de los jueces tanto de primera como segunda instancia. Asimismo, dejó sin efecto todas las actuaciones dentro del proceso número 09201-2018-02826 y dispuso archivar la causa.

La Corte también dejó sin efecto la restitución por parte del Estado ecuatoriano de los bienes, derechos, acciones y activos en general que fueron objeto del proceso de incautación, así como el pago, por parte del Estado, del precio de los bienes que fueron incautados, comprendidos en las resoluciones de la Agencia de Garantías de Depósitos (AGD).

Respecto de la actuación de los jueces de mayoría de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, la Corte Constitucional declaró el error inexcusable y, por tanto, corresponde notificar al Consejo de la Judicatura con la referida declaratoria. Adicionalmente, se remitirá el expediente a la Fiscalía General del Estado para que inicie la investigación correspondiente para determinar si existen los elementos suficientes para configurar el delito de prevaricato por parte de los jueces mencionados, así como del Juez de la Unidad Judicial Norte 2 de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en Guayaquil.

La Procuraduría General del Estado, en ejercicio de sus competencias, continuará con la defensa de los intereses del Ecuador.

 
 

 

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