BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de julio de 2016
UCS/18
CASO CHEVRON: EL ESTADO ECUATORIANO RATIFICA SU VOLUNTAD DE CUMPLIR SUS OBLIGACIONES INTERNACIONALES
Luego de la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos que negó la revisión de la decisión que reconoció el laudo dictado en el caso conocido como Chevron II, el Estado ecuatoriano a través del Ministerio de Finanzas y la Procuraduría General del Estado, remitió a Chevron-Texaco una comunicación con el objeto buscar un mecanismo que permita al Ecuador cumplir con el laudo internacional sin desatender las obligaciones que bajo la Ley ecuatoriana podría generarle la notificación de la orden de embargo sobre dicho crédito, dictada por la Presidencia de la Corte Provincial de Sucumbíos que conoce el juicio planteado por comunidades indígenas en contra de la petrolera norteamericana.
El Estado ecuatoriano propuso depositar el valor de dicho laudo en una cuenta en garantía, hasta que la justicia determine si los fondos debían ser pagados a Chevron o atender el embargo solicitado por las comunidades amazónicas que litigan con la petrolera, situación que es parte de un conflicto entre terceros y que no depende de una decisión del Estado ecuatoriano.
La negativa de Chevron ha imposibilitado el diálogo, sin perjuicio de lo cual, el Ecuador ratifica su voluntad de cumplir con sus obligaciones bajo el derecho internacional, como lo hizo recientemente con la compañía Occidental, pero también aquellas derivadas de su derecho y justicia internos.
La Procuraduría General del Estado en el marco de sus competencias, ejercerá las acciones necesarias en defensa del patrimonio nacional y del interés público.
ANTECEDENTES
El caso conocido como Chevron II se relaciona con siete demandas comerciales que Texaco presentó contra el Estado ecuatoriano en la década de los 90 ante las cortes ecuatorianas. Chevron, que se fusionó con Texaco en el 2001, presentó una demanda arbitral aduciendo que la demora en la resolución de las cortes del Ecuador había producido una violación del Tratado Bilateral de Protección y Promoción de Inversiones suscrito entre el Ecuador y los Estados Unidos, por la que solicitó una indemnización de aproximadamente de 1.600 millones de dólares. Si bien el Tribunal Arbitral encontró al Ecuador responsable de la violación del Tratado Bilateral, atendiendo los argumentos de defensa del Estado concedió una fracción solicitada equivalente a 96 millones más intereses generados hasta la fecha efectiva de pago.
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