BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 24 de junio de 2016
UCS/16
CIDH NIEGA MEDIDAS CAUTELARES A DIRECTIVOS DE DIARIO EL UNIVERSO
El 22 de junio de 2016, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó al Ecuador su decisión de negar medidas cautelares solicitadas por los gerentes y trabajadores de Diario El Universo, por una presunta violación a los derechos a la libertad de expresión y a la propiedad por parte del Estado ecuatoriano en contra de los solicitantes.
El 17 de junio de 2015, directivos de diario El Universo solicitaron medidas cautelares a su favor y al de los periodistas, directivos, gerentes y trabajadores de dicho medio de comunicación, para supuestamente precautelar daños irreparables a sus derechos ante decisiones sancionatorias dictadas por la Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM). Según los solicitantes, dichas sanciones habrían vulnerado el ejercicio de la libertad de expresión y el ejercicio del debido proceso en los procedimientos administrativos y judiciales relativos a las disposiciones emitidas por la SUPERCOM.
El Estado ecuatoriano ha sostenido en reiteradas ocasiones la falta de competencia de la CIDH para dictar medidas cautelares, ya que dicha potestad nunca le fue otorgada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Por tanto en este caso, el Ecuador señaló la incompetencia de este organismo para adoptar este tipo de medias.
Sin perjuicio de lo anterior, el Ecuador remitió observaciones jurídicas e información que demostraron que la solicitud de medidas cautelares por parte de los directivos del diario El Universo no implicaba la existencia de un daño inminente, grave ni irreparable y no existía un nexo de causalidad entre lo relatado y el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la propiedad. También se demostró que los solicitantes no fueron limitados en su facultad personal de buscar, recibir y difundir información; asimismo, no fueron impedidos, de ninguna manera, del uso y goce de sus bienes.
Es así que, la CIDH luego de analizar los argumentos de los solicitantes y valorar las observaciones jurídicas presentadas por el Estado ecuatoriano, notificó que: “teniendo en cuenta la información remitida a la CIDH por ambas partes, la Comisión Interamericana concluyó que la solicitud de medidas cautelares no reúne los requisitos establecidos en el artículo 25 de su Reglamento”.
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