Caso Singue: laudo arbitral de Gente Oil no incide en la sentencia penal
El 24 de mayo de 2022, un tribunal arbitral internacional administrado por la Corte Permanente de Arbitraje dictó su laudo final en el arbitraje planteado el 6 de abril de 2018 por la compañía Gente Oil Ecuador Pte. Ltd. (Gente Oil) en contra de la República del Ecuador, conforme con el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional de 1976.
La compañía Gente Oil fue parte del consorcio DGC conformado por la Empresa Dygoil y Gente Oil, adjudicatario del Contrato de Prestación de Servicios para la Exploración y/o Explotación de Hidrocarburos (petróleo crudo), en el Bloque Singue de la Región Amazónica Ecuatoriana. La controversia internacional surgió del supuesto incumplimiento por parte de Ecuador de varias de sus obligaciones bajo el Contrato.
De una pretensión inicial de Gente Oil, de aproximadamente USD 92 millones, el laudo condenó al Ecuador al pago de alrededor de USD 11 millones, con lo cual, Gente Oil consiguió apenas el 11% de los daños que solicitaba al tribunal, en razón de los siguientes incumplimientos contractuales: daños por restricciones de transporte, costos por frustración de solución integral (adquisición de tubería), daños por la resolución 281 (disminución del ingreso disponible), entre otros.
La condena al Estado en el arbitraje internacional no incide en la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Juzgamiento de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia dentro del caso Singue por el delito de peculado ni en los recursos de apelación planteados, por cuanto los hechos que conforman el supuesto delito en este juicio penal no han sido objeto de análisis y resolución por parte del tribunal arbitral en el caso Gente Oil contra Ecuador.
La Procuraduría General del Estado planteará una acción de anulación del laudo ante los tribunales de Santiago de Chile, sede del arbitraje.
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