BOLETÍN DE PRENSA PGE-CI-UCS-010
Quito, 9 de noviembre de 2018
JUEZ DE COTACACHI RECHAZA ACCIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
El Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana de Cotacachi, Oscar Coba Vayas, rechazó la acción de protección interpuesta por el GAD de Cotacachi contra el Ministerio del Ambiente y la Empresa Nacional Minera (ENAMI EP). La acción fue presentada por el GAD en rechazo a una resolución administrativa del 2017, en la cual dicho Ministerio autorizó a la ENAMI EP el registro ambiental para la fase de “exploración inicial de la concesión minera” del Proyecto Río Magdalena.
El GAD de Cotacachi interpuso la acción de protección alegando una presunta omisión de lo establecido en el Artículo 407 de la Constitución de la República, que trata sobre la prohibición de actividad extractiva de recursos no renovables en áreas protegidas y zonas intangibles, así como también haber omitido la consulta previa, libre e informada conforme lo establece el Artículo 57.7 de la Norma Fundamental.
Ante esto la Procuraduría General del Estado demostró que las instituciones demandadas no vulneraron derechos constitucionales, ya que la acción de protección parte de una confusión entre bosque protector, área protegida y zona intangible. Según la legislación constitucional, en los bosques protectores no existe prohibición de realizar actividades pecuniarias, entre ellas las de minería.
Por esta razón, la omisión acusada careció de fundamento jurídico y técnico, además de que el supuesto incumplimiento de la disposición constitucional, de tener asidero, debía ejecutarse a través de otra garantía jurisdiccional y ante un organismo distinto.
En cuanto a la omisión de haber realizado la consulta previa a las comunidades, el GAD de Cotacachi reconoció que en la zona de influencia del proyecto no existen comunidades indígenas, tornando su acción en improcedente.
Luego de analizar los argumentos de las partes, el Juez emitió su fallo verbal rechazando por improcedente la acción constitucional indebidamente planteada.
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